Oposiciones a Policía Nacional - Semipresencial Barcelona
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LA OPOSICIÓN ES SEMIPRESENCIAL Y SE IMPARTE EN BARCELONA
Oposiciones a Policia Nacional
Requisitos de las Oposiciones a Policia Nacional
1º Ser español.
2º Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria o acreditar la superación de la prueba que recoge el artículo 32 de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, referida a los ciclos formativos de la Formación Profesional específica de grado medio, o tener titulación o estudios equivalentes o superiores a los señalados, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1487/1994, de 1 de julio, por el que se modifica y completa el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo.
3º Tener cumplidos los 18 años de edad y no haber cumplido los 30 años.
4º No haber sido condenado por delito doloso ni separado del servicio del Estado o de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
5º Tener los permisos de conducir de las clases A y B, así como la autorización BTP. (El permiso A y la autorización BTP deberán haberse obtenido con anterioridad a la fecha de comparecencia del opositor para la realización de la cuarta prueba).
Hombre 1,65 m.
6º La estatura mínima deberá ser para:
Mujer 1,60 m.
7º Compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, que se prestará a través de declaración del solicitante.
Plazas convocadas:
En el año 2000 se convocaron 2.000 plazas.
En el año 2001 se convocaron 3.000 plazas.
En el año 2002 se convocaron 4.200 plazas.
En el año 2003 se convocaron 4.200 plazas.
En el año 2004 se convocaron 4.200 plazas.
En el año 2005 se convocaron 5.500 plazas.
En el año 2006 se convocaron 5.500 plazas.
En el año 2007 se convocaron 5.500 plazas.
En el año 2008 se han ofertado 5.000 plazas.
Sueldo: Según el destino suele oscilar entre 840 y 1.325 euros/mes.
Temario de las Oposiciones a Policia Nacional :
Temas que desarrollan las siguientes materias:
- Derecho Constitucional.
- Ciencias Sociales.
- Ciencias Jurídicas.
- Ministerio del Interior, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
- Materias Técnico-Científicas
EXAMEN
Esta oposición está constituida por cuatro pruebas de carácter eliminatorio y una de carácter voluntario.
1ª Prueba de aptitud física. Para su realización los opositores deberán presentarse provistos de atuendo deportivo y un certificado médico oficial, en el que conste que el aspirante reúne las condiciones físicas precisas para la realización de las pruebas deportivas que consisten en recorrido de agilidad, flexiones, salto vertical y carrera de 2.000 m. para hombres y 1.000 m. para mujeres.
Descripción de las pruebas de aptitud física:
Primer ejercicio (hombres y mujeres): Con salida de pie, detrás de la línea de partida, el opositor debe realizar el recorrido establecido. Es nulo todo intento en el que el candidato derribe alguno de los banderines o vallas que delimitan el recorrido o se equivoque en el mismo. Se permiten dos intentos sólo a los opositores que hagan nulo el primero.
Segundo ejercicio (hombres): Desde la posición de suspensión pura con palmas al frente, total extensión de brazos, se realizarán flexiones asomando la barbilla por encima de la barra y extendiendo totalmente los brazos sin que se permita el balanceo del cuerpo o ayudarse con movimientos de piernas. Un intento.
Segundo ejercicio (mujeres): El ejercicio consiste en quedar, el mayor tiempo posible, en la posición que se describe: Brazos flexionados, presa con las palmas de la mano hacia atrás, piernas completamente extendidas y sin tocar el suelo, barbilla situada por encima de la barra y sin tener contacto con ella. Un intento.
Tercer ejercicio (hombres y mujeres): Desde la posición inicial, de lado junto a una pared vertical, y con un brazo totalmente extendido hacia arriba, el candidato marca la altura que alcanza en esta posición. Separado 20 centímetros de la pared vertical, salta tanto como pueda y marca nuevamente con los dedos al nivel alcanzado. Al flexionar las piernas para tomar impulso, no se permite despegar los talones del suelo. Se acredita la distancia existente entre la marca hecha desde la posición inicial y la conseguida con el salto. Un intento.
Cuarto ejercicio (hombres): Carrera de 2.000 metros sobre superficie lisa, plana y dura. Un intento.
Cuarto ejercicio (mujeres): Carrera de 1.000 metros sobre superficie lisa, plana y dura. Un intento.
2ª Prueba de conocimientos. Consistirá en la contestación a un cuestionario de preguntas sobre el temario.
3ª Prueba psicotécnica. Constará de dos partes:
a) Test psicotécnicos. Consistirá en la realización de uno o varios test dirigidos a determinar la personalidad y las aptitudes del aspirante para el desempeño de la función policial con relación a la categoría a la que se aspira. Podrá incluir una prueba de ortografía.
b) Entrevista personal. A partir del resultado de los test de perso-nalidad, se investigarán en el aspirante los factores de la misma que determine el Tribunal, el cual fijará la puntuación correspondiente a dichos factores.
4º Reconocimiento médico.
5º Ejercicio voluntario de idioma (inglés o francés, sólo uno de ellos), para mejorar la nota de la segunda prueba.
Se valorará el tiempo de servicio prestado en las fuerzas armadas como militar de reemplazo o de empleo.
Para el acceso al Cuerpo Nacional de Policía hay un cuadro médico de exclusiones que se detalla a continuación:
CUADRO DE EXCLUSIONES MEDICAS PARA INGRESO EN EL CUERPO NACIONAL DE POLICIA
1. Talla- Estatura mínina: 1,65 metros, los hombres; 1,60 metros, las mujeres.
2. Obesidad-delgadez.- Obesidad o delgadez manifiestas que dificulten o incapaciten para el ejercicio de las funciones propias del cargo.
3. Exclusiones circunstanciales.- Enfermedades o lesiones agudas, activas en el momento del reconocimiento, que puedan producir secuelas capaces de dificultar o impedir el desarrollo de las funciones policiales.
En estos casos, el Tribunal Médico podrá fijar un nuevo plazo para comprobar el estado de salud del aspirante, al final del cual los Servicios de Sanidad de la Dirección General de la Policía certificarán si han desaparecido los motivos de la exclusión circunstancial.
4. Exclusiones definitivas:
4.1. Ojo y visión:
4.1.1. Agudeza visual sin corrección inferior a los dos tercios de la visión normal en ambos ojos.
4.1.2. Queratotomía radial.
4.1.3. Desprendimiento de retina.
4.1.4. Estrabismo.
4.1.5. Hemianopsias.
4.1.6. Discromatopsias.
4.1.7. Cualquier otro proceso patológico que, a juicio del Tribunal Médico, dificulte de manera importante la agudeza visual.
4.2. Oído y audición: Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 hertzios, a 35 decibelios, o de 4.000 hertzios, a 45 decibelios.
4.3. Otras exclusiones:
4.3.1. Aparato locomotor: Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de la función policial o que puedan agravarse, a juicio del Tribunal Médico, con el desempeño del puesto de trabajo. (Patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defectos de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares.)
4.3.2. Aparato digestivo: Ulcera gastroduodenal y cualquier otro proceso digestivo que, a juicio del Tribunal Médico, dificulte el desempeño del puesto de trabajo.
4.3.3. Aparato cardiovascular: Hipertensión arterial de cualquier causa, no debiendo sobrepasar la cifras en reposo de los 145 mm/Hg, en presión sistólica, y los 90 mm/Hg, en presión diastólica; varices o insuficiencia venosa periférica, así como cualquier otra patología o lesión cardiovascular que, a juicio del Tribunal Médico, pueda limitar el desempeño del puesto de trabajo.
4.3.4. Aparato respiratorio: El asma bronquial, la broncopatía crónica obstructiva, el neumotórax espontáneo (en más de una ocasión), la tuberculosis pulmonar activa y otros procesos del aparato respiratorio que dificulten el desarrrollo de la función policial.
4.3.5. Sistema nervioso: Epilepsia, depresión, jaquecas, temblor de cualquier causa, alcoholismo, toxicomanías y otros procesos patológicos que dificulten el desarrollo de la función policial.
4.3.6. Piel y faneras: Psoriasis, eczema, cicatrices que produzcan limitación funcional y otros procesos patológicos que dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.
4.3.7. Otros procesos patológicos. Diabetes, enfermedades transmisibles en actividad, enfermedades de transmisión sexual, enfermedades inmunológicas sistémicas, intoxicaciones crónicas, hemopatías graves, malformaciones congénitas, psicosis y cualquier otro proceso patológico que, a juicio del Tribunal Médico, limite o incapacite para el ejercicio de la función policial.