Oposiciones a Personal Subalterno de Ayuntamiento
Si has realizado este curso, ¿por qué no darnos tu opinión?. Si lo haces, estarás ayudando a miles de personas que, como tu en su momento, están intentando cambiar su vida a través de la formación. No hay mejor ayuda, para decidirse entre miles de cursos, que la opinión de una persona que ha vivido la experiencia de cursarlo, miles de personas te lo agradecerán.
Danos tu opinión detallada sobre el Oposiciones a Personal Subalterno de Ayuntamiento. No olvides decirnos que te pareció el temario del curso, el profesorado, la accesibilidad al equipo del centro para resolver tus dudas y, en el caso de los programas online, la calidad del campus virtual.
En modalidad presencial solo preparan a alumnos de la Comunidad de Madrid y al resto de España mediante formacion a distancia
REQUISITOS
- Tener nacionalidad española o cualquier otra a la que las normas del Estado atribuyan iguales derechos a efectos laborales en la Administración Pública.
- Tener cumplidos dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.
- Estar en posesión, o en condiciones de obtener, del certificado de escolaridad o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión, de la credencial que acredite su homologación. Graduado E. S. O. o equivalente, Formación Profesional de primer grado o equivalente.
- No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones, no estableciéndose exclusiones por limitaciones físicas o psíquicas, salvo en los casos ya mencionados en que sean incompatibles con el desempeño de las correspondientes tareas y funciones.
A tales efectos, los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo deberán someterse a un Reconocimiento Médico practicado por los facultativos que se designen al efecto. Se realizarán cuantas pruebas clínicas, analíticas y complementarias o de otra clase se consideren necesarias para comprobar que la aptitud física del opositor es adecuada a las funciones del puesto de trabajo. Se considerará que los aspirantes, reúnen dicha aptitud si son declarados “aptos”.
- No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
Las pruebas a realizar y los temarios según última convocatoria.