Oposiciones a Ayudante Instituciones Penitenciarias
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Danos tu opinión detallada sobre el Oposiciones a Ayudante Instituciones Penitenciarias. No olvides decirnos que te pareció el temario del curso, el profesorado, la accesibilidad al equipo del centro para resolver tus dudas y, en el caso de los programas online, la calidad del campus virtual.
Las Oposiciones Ayudante Instituciones Penitenciarias se imparten en modalidad presencial y semipresencial en Madrid.
Fecha inicio: Abierta inscripción
Información del curso: Incluye temario completo y material adicional:
-Temarios actualizados
-Simulacros de examen
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-Tener la nacionalidad española.
-Ser mayor de 16 años y no exceder la edad establecida para la jubilación.
-Estar en posesión del título de bachiller o título de técnico.
-No estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
-No haber sido separado por expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas.
-No haber sido condenado a penas privativas de libertad mayores de 3 años (salvo cancelación de antecedentes penales o rehabilitación).
-También podrán participar los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales, que posean la nacionalidad española y la titulación exigida en la convocatoria.
Si cumples estas en condiciones puedes empezar a preparar las oposiciones a Ayudante de instituciones penitenciarias.
El Temario de las oposiciones de ayudante de instituciones penitenciarias se compone de 50 unidades, divididas en 3 módulos de conocimiento:
Módulo formativo 1: Organización del Estado y Administración Pública.
-La Constitución Española de 1978.
-El Poder Judicial.
-El Gobierno.
-La Organización Territorial del Estado.
-La Unión Europea.
-Estructura orgánica del Ministerio de Interior..
-El personal de Instituciones Penitenciarias.
-Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
-El acceso al empleo público.
-Los contratos del Sector Público.
-Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado.
-Políticas Públicas.
-El Gobierno abierto.
-La actividad de las Administraciones Públicas.
-Las fuentes del Derecho Administrativo.
-El Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.
-El Presupuesto
Módulo formativo 2: Derecho Penal.
-El Derecho Penal.
-Delitos.
-De las personas criminalmente responsables de los delitos.
-De las formas de suspensión de la ejecución de las penas privativas de libertad.
-Principales delitos (1).
-Principales delitos (2).
-Delitos contra la Administración Pública.
-Delitos contra la Administración de Justicia.
-La jurisdicción penal.
-El denominado procedimiento ordinario.
Derecho Penitenciario.
-La regulación supranacional en materia penitenciaria.
-El Derecho Penitenciario.
-La relación jurídico-penitenciaria.
-Prestaciones de la Administración Penitenciaria.
-El Régimen Penitenciario (1).
-El Régimen Penitenciario (2).
-Clasificación de los distintos tipos de establecimientos y sus características.
-El régimen cerrado.
-El Tratamiento Penitenciario (1).
-El Tratamiento Penitenciario (2).
-La relación laboral en el medio penitenciario.
-Los permisos de salida.
-Libertad y excarcelación en sus distintas formas.
-Formas especiales de ejecución de la pena de prisión.
-El régimen disciplinario.
-El control de la actividad penitenciaria por el Juez de Vigilancia.
-El modelo organizativo penitenciario.
-El régimen administrativo de los Establecimientos Penitenciarios (1).
-El régimen administrativo de los Establecimientos Penitenciarios (2).
-El régimen económico de los Establecimientos Penitenciarios.
Módulo formativo 3: Conducta humana.
-Elementos de la conducta humana.
-Organización social de la prisión.
-El comportamiento social.
Para más información o resolver alguna duda no lo dudes, contacta con nosotros.
EXAMEN
Cuenta con tres pruebas de carácter eliminatorio. Estas pruebas consisten en lo siguiente:
Primera.
Cuestionario de 150 preguntas con cuatro respuestas múltiples sobre el contenido completo del programa, siendo una sola la correcta, teniendo todas ellas el mismo valor. Las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de una contestación y las preguntas en blanco no penalizan.
Este ejercicio se calificará con una puntuación de 0 a 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para acceder al ejercicio siguiente.
La duración del mismo será de dos horas y quince minutos. Este primer ejercicio se desarrollará en la Comunidad de Madrid.
Segunda.
Resolver por escrito diez supuestos de carácter práctico, cada supuesto contendrá cinco preguntas con cuatro respuestas múltiples, que versará sobre el contenido completo del programa, siendo una sola la correcta, teniendo todas ellas el mismo valor. Las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de una contestación y las preguntas en blanco no penalizan.
La calificación de este ejercicio será de 0 a 20 puntos. Los aspirantes deberán obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo. La calificación de los aspirantes resultará de las puntuaciones transformadas que se deriven de los criterios adoptados por el órgano de selección en relación con la presente convocatoria.
La duración máxima será de una hora y cuarenta minutos. Este segundo ejercicio se desarrollará en la Comunidad de Madrid.
La calificación de la fase de oposición. En ambos ejercicios de la fase de oposición, la calificación de los aspirantes resultará de las puntuaciones transformadas que se deriven de los criterios adoptados por el órgano de selección en relación con la presente convocatoria. Vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
Tercera. Reconocimiento médico.
Prueba destinada a comprobar que no se aprecia en los aspirantes ninguna de las causas de exclusión médica que se detallan en el anexo de la convocatoria. Las pruebas médicas establecidas se realizarán bajo la supervisión del personal facultativo de la Administración del Estado que el Tribunal designe y se realizarán en las dependencias que se indiquen con la publicación de los resultados del segundo ejercicio. La prueba de aptitud médica se realizará en cuantas sesiones sean precisas. Será calificada de «Apto» o «No apto» siendo necesario obtener la calificación de «Apto» para poder superar esta prueba y la oposición.
Si el número de declarados «Aptos» en esta prueba fuera inferior al número de plazas convocadas, el Tribunal podrá citar para la realización de la misma, el número de aspirantes necesarios, de los que hayan superado los dos primeros ejercicios, según el orden de puntuación obtenido. Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellas pruebas o ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente. El Tribunal no podrá aprobar a un número superior de aspirantes del número de plazas convocadas. Curso selectivo y periodo de prácticas. Los aspirantes que superen la fase de oposición y que tras la presentación de la documentación solicitada y verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente convocatoria, serán nombrados funcionarios en prácticas del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, y tendrán que realizar un curso selectivo y un periodo de prácticas.
Curso selectivo.
Mediante Resolución del Secretario General de Instituciones Penitenciarias, se establecerá el calendario, el programa en el que se incluirá un módulo en materia de igualdad entre mujeres y hombres, otro en materia de violencia de género, así como las normas internas que regulen el curso selectivo no superior a tres meses.
El curso selectivo se estructurará en dos fases, una de formación centralizada, que será obligatorio asistir al 80 por cierto de las jornadas lectivas para la realización del examen, que deberá ser superado para pasar a la siguiente fase, consistente en una fase de prácticas tuteladas en los centros penitenciarios. El curso selectivo se calificará como «Apto» o «No apto». El curso selectivo tiene carácter obligatorio, para obtener la calificación de «Apto» será requisito imprescindible que el funcionario en prácticas haya realizado al menos el 80 por ciento de las jornadas del curso selectivo.
Los aspirantes que no superen el curso selectivo no pasaran a realizar el periodo de prácticas.
Prácticas.
En este periodo los funcionarios en prácticas realizaran funciones propias del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias en los centros penitenciarios.
Durante el tiempo de duración de esta fase de prácticas los aspirantes compaginarán el desempeño de las funciones con la formación teórica. Durante el periodo de estas prácticas evaluables, se realizará el seguimiento necesario de la actuación de los aspirantes para constatar las aptitudes y actitudes personales respecto al ejercicio de sus funciones, estableciéndose para ello los controles necesarios para su evaluación. Si durante el desarrollo de este período alguno de los funcionarios en prácticas, pusiese de manifiesto, de manera grave y ostensible su incapacidad para desempeñar la función para la que ha sido seleccionado, la Administración Penitenciaria podrá, mediante resolución motivada, dar de baja al aspirante en dicho periodo, aun cuando el período no hubiese finalizado.
Este periodo será evaluable y calificado de «Apto» o «No apto», será requisito imprescindible, además de ser informado como «Apto» por el órgano encargado del seguimiento en el centro penitenciario y así asumido por el órgano encargado de la evaluación final, el haber realizado el 75 por ciento del periodo de prácticas en centros penitenciarios.
Ambos periodos, curso selectivo y periodo de prácticas: Tendrá una duración máxima de dieciocho meses. Por Resolución del Secretario General de Instituciones Penitenciarias se fijará el órgano encargado de realizar la evaluación de ambos periodos, así como el programa y las materias objeto de evaluación. Los aspirantes, una vez finalizados y superados ambos periodos, permanecerán en los centros penitenciarios desempeñando todas las funciones inherentes al Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, ostentando la condición de funcionarios en prácticas, hasta la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de su nombramiento como funcionarios de carrera.