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Cuerpo de Auxilio Judicial

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LA INFORMACIÓN DEL CURSO SE ENTREGARÁ PREVIA CITA TELEFÓNICA.

Requisitos de los candidatos:
1.- Ser español mayor de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.
2.- Estar en posesión del Título de Certificado de Escolaridad, o la acreditación a que se refiere el artículo 15.2 del Real Decreto 1007/1991, de 14 de junio, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha de publicación de la convocatoria. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la documentación que acredite su homologación.
3.- No haber sido condenado ni estar procesado o inculpado por delito doloso, a menos que se hubiera obtenido la rehabilitación o hubiera recaído en la causa auto de sobreseimiento.
4.- No hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
5.- No haber sido separado mediante procedimiento disciplinario, de un cuerpo del Estado de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales, ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas, en vía disciplinaria o judicial, salvo que se hubiera sido debidamente rehabilitado.
6.- No padecer defecto físico o enfermedad que incapacite para el desempeño del puesto. Los aspirantes con la condición legal de discapacitado deberán acreditar la compatibilidad para el desempeño de las tareas encomendadas al Cuerpo.
7.- Estos requisitos deberán poseerse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta la toma de posesión como funcionario de carrera.

Actividades que desarrollan:
Realización de los actos judiciales y de comunicación encomendados. Funciones de vigilancia, custodia y otras análogas en las oficinas judiciales, etc.